PROTOCOLO CASCADA TRAIL 2025
Carrera de Senderismo en un Espacio Natural Protegido Por:
Tomás González - Gestor en conservación del Santuario. Ingeniero en recursos Naturales Renovables Máster en Espacios Naturales Protegidos.
Este documento explica el contexto y da restricciones y buenas practicas a la hora de realizar una carrera de trail running en un espacio natural protegido. La altitud del Santuario varía desde los 1100 msnm a los 3000 msnm.
El santuario cuenta con un plan de manejo para el periodo 2020-2030 y se estableció una zonificación.
Se debe considerar que los senderos son áreas identificadas como zona de uso público extensivo y no sobrepasan un ancho de 2 metros. La carrera de 6K pasaría por zonas de restauración, manejo de recursos y uso público intensivo. La carrera de 12K y KV pasaran por zonas de preservación, restauración, manejo de recursos y uso público intensivo.
Y las carrera de 21K y 42 K pasaran por las mismas zonas que la carrera de 6K pero además pasaran por una zona mixta A. Hay que tener en cuenta la zona mixta B también, ya que el sendero de 21K y 42K pasan también cerca de áreas de vegas que es uno de los objetos de conservación prioritarios del Santuario. A continuación, una descripción de cada zona:
Uso Público Intensivo
Uso Público Extensivo
Uso Público Extensivo
Uso Público Intensivo
Su objetivo es restaurar o rehabilitar el ecosistema que compone el área (por ej. parches de bosque esclerófilo de quebrada, comunidades de frangeles y cursos de agua) con el fin de recuperar sus funciones y servicios ecosistémicos**. Esta zona tiene carácter transitorio, ya que una vez recuperada deberá ser asignada a otra zona, por ejemplo de preservación.
* Se estableció un ancho promedio de senderos de 2 metros.
** La zona de restauración de bosque esclerófilo y parches de frangel adyacentes a cursos de agua se determinó utilizando un buffer de 200 metros en base a la definición de bosque nativo de conservación y protección, el cual corresponde a aquel situado en las inmediaciones de manantiales, cuerpos de agua o cursos de agua naturales, destinados al resguardo del recurso hídrico (Título Preliminar, artículo 2, Ley N°20.283 Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal). Por su parte, la zona de restauración de la red hídrica para la zona de alta montaña, se determinó utilizando un buffer de 60 metros, con el fin de llevar a cabo acciones para la protección de la funcionalidad del hábitat acuático (recomendaciones derivadas de: Semlitsch, R. D., & Bodie, J. R. (2003). Biological criteria for buffer zones around wetlands and riparian habitats for amphibians and reptiles. Conservation Biology, 17(5), 1219-1228.)
Manejo de recursos
Zona Mixta A
Zona Mixta B
*** Se estableció un buffer de 100 metros alrededor de vegas con el fin de proteger y asegurar la funcionalidad del hábitat acuático presente en la vega (primeros 60 m) y del hábitat terrestre adyacente (40 m restantes). Recomendaciones derivadas de: Semlitsch, R. D., & Bodie, J. R. (2003). Biological criteria for buffer zones around wetlands and riparian habitats for amphibians and reptiles. Conservation Biology, 17(5), 1219-1228.
Restricciones y buenas practicas
Honra y obedece las señales. Ignorarlas te pone en riesgo a ti y otras personas y podría a conllevar que el sendero se cierre o prohíba su paso para siempre.
A menudo te ves tentado de cruzar por los matorrales para tener una mejor vista, tomar un atajo, recolectar algunas bayas o hacerte un selfie para posturear en tu Instagram. Considera que esto genera daños en el medio ambiente y pueden afectar la vegetación.
Se recomienda no rellenar agua en los cursos naturales ya que puede tener microorganismos que pueden afectar tu cuerpo. Además, así evitamos en sustancias como jabones y cremas ingresen al agua y afecte la vida silvestre.